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COLECCIÓN DE ECONOMÍA, POLÍTICA ECONÓMICA, DERECHO PÚBLICO Y ANTROPOLOGÍA FILOSÓFICA
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Donación
del ex profesor titular de Política Económica y
Tributaria, Dr. Rodolfo Bledel, de su colección
particular especializada en Economía, Política
Económica, Derecho Público y Antropología
Filosófica.
Resolución
de aceptación por parte del Consejo Superior de la
Universidad. Resolución N° C.S./094 Expediente N°
47.413/01
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Su génesis y características
>>La colección refleja el itinerario intelectual de quien la organizó
privadamente.
>>Iniciado en el estudio del derecho público, él vivió el momento en que esta rama jurídica presentó dificultades en su estudio por los desajustes que surgieron en Occidente entre un
sistema cristalizado de normas legales y una realidad social y económica fluida, en permanente
transformación
>>Interesado en la cuestión, encontró en el Seminario de ciencias jurídicas y sociales de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires el centro para dedicarse
vocacionalmente a esa problemática. Su incorporación ocurrió a fines de la década del
'30.
>>El Seminario fue una experiencia singular en el país. Su obra estuvo a la altura académica de
los más importantes centros del mundo en la materia. En esos años se dedicó a la
investigación sobre el New Deal rooseveltiano.Se trabajó sobre documentos oficiales del gobierno estadounidense respecto de la crisis
económica que vivía Estados Unidos y el comportamiento de los capitales monopolistas en
esas circunstancias. Una investigación típica fue la que realizó la Comisión Nacional
Temporaria de Economía (Temporary National Economic Comission, TNEC) (cf. D. LYNCH).
>>Esta experiencia gubernamental ejerció gran influencia en muchos países, incluido el
nuestro, como lo revela la creación de diversos entes regulatorios en las décadas del '30 y
del '40. Es en ese momento que Bledel decidió formar su propia colección de libros sobre el
tema. Realiza también algunos viajes al exterior. En 1939 siguió cursos de técnica documental
en la Escuela de Bibliotecología en la Universidad de Columbia de Nueva York y en 1962 asistió
al Laboratorio di Economia Politica “S. Cognetti de Martis” que dirigía el profesor de economía
Siro Lombardini en la Universita degli studi di Torino.
>>En ese tiempo la disciplina económica estaba dominada por la llamada “economía del
bienestar” (A.PIGOU) sobre la cual se levantó la concepción del Estado social y democrático
que se conoció en la mayor parte de los países occidentales como “Estado del bienestar”.
Sin duda la crisis económica que se inicia en 1929 y dos guerras mundiales (1914 y 1939)
fueron causas eficientes para aplicar aquella orientación político-institucional.
>>Se impuso en plenitud la concepción del Estado-nación en una medida superior a la que
preceptuaba la dogmática de la economía clásica. Se produjeron por vía legal avances
regulatorios sobre el aparato distributivo del mercado. No sólo a los economistas sino también
a los juristas se les abrió un nuevo horizonte en sus estudios. Correspondió al derecho público
la fundamentación jurídica del intervencionismo estatal en la economía. Las escuelas de
derecho público de Francia, Italia y Gran Bretaña se dedicaron a estudiar el crecimiento
normativo y la autonomía científica de la materia. Algunos juristas seleccionaron algunas
normas para denunciar una nueva rama jurídica, el derecho económico (G. FARJAT, A.
JAQUENIN).
>>La cultura occidental ingresaba en un estadio que parecía definitivo: la modernidad, cuestión
a la que tanto debemos a J. HABERMAS.
>>En este momento histórico aparece una pléyade de economistas. Ejercieron gran influencia
F. PERROUX, G. MYRDAL, I. TINBERGEN, E.C. MISHAN, S. LOMBARDINI y, entre los
latinoamericanos, J. de CASTRO, C. FURTADO y O. SUNKEL. Casi sin excepción, ellos se
afirmaron por la causa social y fueron minuciosos conocedores del pensamiento económico de
J.M. KEYNES, una figura sobresaliente de la época, no sólo en su especialidad sino también
por su visión de estadista y hombre de refinada cultura.
>>A través de la obra de estos economistas se construyó una teoría del intervencionismo
económico-social. El imperativo de la justicia social, fundada en una mejor distribución de los
ingresos, que dominaba la política práctica de la época, terminó por ser el pivote básico de
política económica. La interferencia estatal sobre el funcionamiento espontáneo del mercado,
a través de regímenes regulatorios específicos, fue un operativo institucional de envergadura.
>>Esta doctrina coincidió con la aparición de las ciencias del hombre o Antropología filosófica y
con el reconocimiento de los derechos humanos (son declarados por las Naciones Unidas del
10 de diciembre de 1948) (LANDMAN, PIAGET, HABERMAS).
>>Se encontró el eje de la disciplina económica en el hombre mismo y no en la lógica de la
ganancia. Razones humanitarias prevalecieron sobre lo crematístico, que fue el fundamento de
los clásicos.
>>Surgió el problema de la innovación sistémica para la creación de una alternativa a los
sistemas económicos imperantes, propiciada por algunos autores como F. PERROUX.
>>Los estudios económicos fueron sujetos a consideraciones de filosofía social. Las ideas de
desarrollo, estructura, institucionalismo, epistemología, axiología (vg. El orden de prelación de
las necesidades públicas o de las inversiones) se reflejaron en la materia. Pensadores como
P. BOURDIEU y N. CHOMSKY han arrimado aportes sustanciales sobre la cuestión.
>>La teoría del desarrollo económico y sus variables (demografía, capital en bienes y capital
tecnológico) fue exhaustivamente investigada. Con ella fue evidente que el método estático en
economía era desplazado por un método dinámico (R.F. HARROD, F. ZAMORA).
Las políticas prácticas de algunos países alcanzaron una nueva fundamentación institucional,
lo cual influyó en el campo de las ideologías.
>>El politólogo italiano N. BOBBIO reafirmó la división pluralista entre derecha e izquierda.
>>La derecha ha estado adscripta al liberalismo económico clásico. Se muestra por eso
contraria a la intervención del Estado en la economía. Entre los autores se destacan
F. HAYEK, L. Von MISES, BAUDIN, A., HUNOLD, M., FRIEDMAN y otros. Economistas
ultraliberales construyeron la Sociedad de Mont Pélérin, Suiza, para bregar por su ideario
Calificados por ellos mismos como neoliberales, expresión que ha tenido equívoca aplicación
en la práctica política y en la doctrina económica. Su influencia ha sido notoria en el mundo
capitalista durante décadas recientes.
>>La izquierda es representada por el marxismo en sus expresiones tradicionales y por los
enfoques modernos de L. ALTHUSSER, J.P. SARTRE, M.
MERLEAU-PONTY, H. LEFEVBRE. Según HABERMAS, M. WEBER, pese a sus antecedentes políticos weimarianos se acercó al
pensamiento de Marx.
>>Dos sacerdotes católicos han estudiado la vida y obra de K. MARX: el holandés R. KWANT y
el francés J.Y-CALVEZ. En Estados Unidos se han destacado dos autores: P. BARAN y
P. SWEEZY.
>>En la segunda parte del siglo XX se produjo un giro copernicano en las políticas económicas
de las potencias anglosajonas.
>>Los gobiernos de Gran Bretaña y Estados Unidos adhieren a los principios ortodoxos del
liberalismo económico y firman un acuerdo conocido como el Consenso de Washington, que
proclama la esperanza (sic) de que se establezca un orden financiero mundial fluido y
rentístico.
>>La “política de ajuste” fue desideratum de los órganos internacionales de crédito en sus
asesoramientos, en particular en los países en desarrollo. En verdad, para estos últimos se
redujo la política económica a un operativo contable, por lo cual se omitió muchas veces
cuestiones sociales profundamente humanas.
>>En el período finisecular, sobre todo en los '90, prolifera la creación de empresas
transnacionales que colaboran con los centros de poder en instaurar lo que se ha dado en
llamar política de “libre empresa”, inspirada originariamente por A. SCHUMPETER.
>>La penetración imperialista en los países de economía lábil es realizada bajo el manto de una
globalización de la economía mundial (U. BECK, H. MARTIN, H. SCHUMAN). Las políticas
económicas que impone a rajatabla el Fondo Monetario Internacional a sus naciones afiliadas,
dentro de aquella concepción, ha tenido efectos destructivos sobre las economías
“dependientes”: desempleo, exclusión social, crecimiento de la deuda externa, quiebras
empresarias y pobreza en sus formas más oprobiosas. Ante el debilitamiento progresivo de los
poderes soberanos de las naciones se recurrió a políticas de regionalización (el caso del
MERCOSUR en América del Sur).
>>La actual inestabilidad económica mundial alcanza por igual a las economías desarrolladas,
subdesarrolladas y “emergentes” (Sudeste asiático).
>>Se vuelve al análisis de experiencias similares del pasado. La obra de J.M. KEYNES se
actualiza. Al clásico libro de R.F. HARROD sobre la vida y obra del economista inglés, se
agregaron últimamente dos biografías de gran volumen e importancia conceptual: la de R.
SKIDELSKY y la de D. E. MOGGRIDGE. Ambas obras no se encuentran generalmente en
nuestras bibliotecas públicas, incluidas las especializadas en economía. Al resurgimiento del
pensamiento keynesiano, acompaña la restauración por gobiernos y centros de estudio
políticas de intervencionismo socioeconómico, a través de la obra de aquella pléyade de
economistas antes recordada, sobre la cual se fijaron las bases de un Estado nacional y
social.
>>Fuera de la temática precedente existen sectores de la colección que merecen mención
especial.
>>Uno es el concerniente a la colección de historia de derecho público anglosajón (británico y
estadounidense). Se empezó a formar en tiempos en que el Dr. Bledel dirigía un curso de la
materia en el Seminario de Buenos Aires. Hubo una circunstancia que la impulsó. Ello ocurrió
cuando la revista “La Ley” le encargó la traducción de un artículo de gran resonancia científica
del profesor H. KELSEN. El jurista reconocía coincidencias entre el pensamiento de la escuela
analítica de jurisprudencia de J. AUSTIN y la teoría pura del derecho de la que era autor. El
traductor adquirió para realizar su cometido importantes libros sobre derecho inglés. Entre autor
y traductor se entabló un intercambio epistolar y el texto final recibió la aprobación del primero.
>>Otra característica de la colección incorporada a la Biblioteca Central de nuestra Universidad
es el conjunto de documentos públicos de distintos orígenes
(internacionales, nacionales y extranjeros).
A título de ejemplos mencionamos:
>> El Informe de la Comisión Especial sobre Poderes Ministeriales (1932). El Dr. Bledel lo
tradujo e incorporó a uno de sus primeros trabajos.
>> la Biblioteca que formó en 1945 el Ministerio para la Constituyente italiana (Ministero
per la Constituente) creado para dotar a la eventual Asamblea Constituyente de la
documentación necesaria para los debates. Está constituida por diversas secciones:
Atti, Relazioni, Questionari, Interrogatori, Inchiesta y una colección de estudios de derecho
constitucional: Testi e Documenti Costituzionali. Total de ejemplares: 59.
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Algunos planes económicos forman parte de la colección, como el Segundo Plan Económico
de la India (basado en un notable estudio sobre desarrollo económico en aquel país) (1956) y el
Plan Nacional de Desarrollo argentino Presidencia Illia (1965).
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